sábado, 4 de junio de 2011

Entre la Constitución y La Biblia

“En nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad, y con el fin de afianzar la unidad nacional, una de cuyas bases es el reconocimiento hecho por los partidos políticos de que la Religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación…”.

“El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación…”.

Estos son los preámbulos de dos Constituciones diferentes: el primero, la de 1886; el segundo, la de 1991. Con 105 años de diferencia, hay en ellos contrastes y similitudes. En ambas existe Dios, pero no con el mismo poder: en la de 1886, es el poder supremo; en la de 1991, apenas una ayuda. En la Carta Política antigua, la norma suprema bautizaba en el catolicismo a la Nación colombiana. En la Carta Suprema nueva, ni Dios ni el pueblo hacen parte de una religión.

Los manuales de Derecho Constitucional colombiano coinciden en afirmar que el país ahora cuenta con un Estado laico y aconfesional, a diferencia del concebido en la Constitución de 1886, que era marcadamente religioso y, en especial, católico.

Políticos, académicos, abogados y ciudadanos en general sienten, algunos orgullosos, que una de las grandes conquistas de la Constitución de 1991 fue la secularización del Estado colombiano.

En muchos ámbitos de la vida pública es notorio el progreso. Hay libertad de cultos, objeción de conciencia, matrimonios religiosos y civiles, ateos que ya no temen arder en la hoguera y acceso a cargos públicos en los que no piden partidas de bautismo. Pareciera que se vive en el paraíso de la civilidad.

Pero hay sectores que siguen quejándose del poder de la religión en las decisiones estatales. De hecho, en los últimos meses, diversas organizaciones no gubernamentales y universidades como la Nacional y el Externado han liderado un debate a favor de la conservación del Estado laico en el país, en el que han demostrado las formas directas y ocultas en las que la religión sigue influyendo en la gestión pública. Y al hablar de religión, se refieren a la gran soberana de la fe en Colombia: la católica.

En especial, hay unos temas en la agenda jurídica y política actual que tienen incómodos a algunos sectores: el aborto y el matrimonio gay. Así como hay amplios sectores liberales que están a favor de estos derechos, hay otros que se oponen, y con mucha fuerza. En este último bando, está con todo su ímpetu la religión. Y al hablar de religión, se refieren a las religiones, aunque la que lidere la oposición sea, nuevamente, la católica.

En los foros académicos, defensores del Estado laico en Colombia y de las libertades sin cortapisas eclesiásticas denuncian la gran cantidad de tonsurados que impone sus dogmas de fe en actos de la vida pública que deben estar deslindados de las creencias religiosas, de tal forma que desdibujan el mandato aconfesional de la Constitución.

Una serie de eventos políticos y de situaciones jurídicas hacen pensar que ni el país está en el paraíso de la secularidad ni en la época de la Inquisición. ¿Está, entonces, en el limbo?

Retroceso confesional
Para Ramiro Bejarano, jurista reconocido por sus posiciones liberales y anticlericales, Colombia iba progresando en la separación entre Iglesia y Estado, pero hubo un retroceso durante los ocho años del gobierno de Álvaro Uribe.

En palabras de Bejarano, Uribe desconoció el carácter laico de la Constitución, al darle poder a la Iglesia Católica durante su Gobierno y tomar decisiones influenciadas por su dogma católico. Una de las decisiones que sigue generando escozor es el Decreto 4500 del 2006, que volvió obligatoria la educación religiosa en los colegios públicos.

Tampoco hay que olvidar el apoyo que dio el pasado Gobierno a sectores del Congreso que se opusieron a la legalización del aborto y al matrimonio homosexual, con base en argumentos religiosos. Y la elección del actual Procurador General de la Nación, a quien Bejarano le endilga ser enemigo de un Estado laico y de los mandatos constitucionales que no se ajustan a su fe católica.

Sin embargo, no todo este retroceso tiene el nombre propio de un expresidente. En general, altos funcionarios del Estado, en todos los poderes que lo conforman, siguen olvidando que no pueden volver sus creencias personales mandatos generales.

Decisiones de la Corte Constitucional tienen argumentos religiosos y jurídicos por igual. Y en el Congreso han adquirido una mayor representación los políticos provenientes de grandes comunidades religiosas, como el Movimiento Carismático Internacional, la Unión Cristiana, la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional, la Iglesia Pentecostal y el Templo del Avivamiento.

Así, en algunos casos, sentencias y leyes no han podido desprenderse del cordón umbilical de la religión. En este momento, por ejemplo, hay varios proyectos de ley propuestos por estos partidos político-religiosos que no ocultan su cariz clerical: el que instituiría el día del niño que está por nacer o el día de la Biblia y el que impone reglas de comportamiento moral para prostitutas y personas de la comunidad LGBT.

En los foros organizados en las instituciones mencionadas, los participantes coincidieron en el hecho de que se trata de circunstancias jurídicas que la misma tradición las ha vuelto irreflexivas o se solapan en la gran cultura religiosa del país.

Sobre esto, el jurista Humberto de la Calle sostiene que sí hay disposiciones que siguen más la tradición que los mandatos constitucionales de un Estado aconfesional, como es el caso de la famosa Ley Emiliani (L. 51/83), que establece los festivos religiosos (ver recuadro).

Son esa tradición y el arraigado sentimiento religioso de la Nación los que hacen que los altos funcionarios del Estado no puedan separar sus convicciones de su ejercicio público. De la Calle asegura que esta división es común y de fácil aplicación en la mayoría de las democracias occidentales, aunque con notorias excepciones. Y tal vez Colombia siga siendo una de esas notables excepciones.

Vivir en el limbo
Juristas y académicos de varias universidades aseguran que no se pueden desconocer los avances que ha dado el país en el desprendimiento entre Estado e Iglesia, pero tampoco niegan los rezagos que quedan de la confesionalidad de la Constitución de 1886.

Recalcan que muchas de las luchas políticas contemporáneas en materia de derechos de las mujeres y los gais o de asuntos privados, como la eutanasia y la despenalización del porte y consumo de estupefacientes, han sido obstaculizadas por el poder de la Iglesia, en especial, la católica.

Por lo mismo, concluyen que no se trata de mirar lo que queda de legislación religiosa, sino de analizar que no existen de leyes laicas por culpa de la fe.

La preocupación por esa zona de penumbra que sigue existiendo entre el Estado y la religión es latente, a pesar de que ya parezca irreversible que las Constituciones cambien sus artículos por versículos.






La religiosidad legal

Muchas normas jurídicas vigentes están fundadas en criterios religiosos. Algunas de ellas son:

-          Ley Emiliani. Oficializó los festivos católicos y los convirtió en mayoría, en comparación con los festivos cívicos. Mientras son 12 los festivos católicos, solo seis son cívicos.

-          Delitos contra el sentimiento religioso. El Código Penal mantuvo incólumes delitos como la violación a la libertad religiosa, el impedimento y la perturbación de ceremonia religiosa o los daños o agravios a personas o a cosas destinadas al culto.

-          Beneficios tributarios. Las iglesias tienen beneficios tributarios, por ser consideradas asociaciones sin ánimo de lucro.

-          Partidos políticos. Las normas sobre conformación de partidos políticos son tan abiertas, que permiten su creación no solo por razones ideológicas, sino religiosas. Así, se ha permitido que las decisiones de voto estén favorecidas por las congregaciones religiosas.

-          Educación religiosa. El Decreto 4500 del 2006 obliga a las instituciones de educación pública a dictar clases de religión.